Defensa legal por demandas de
paciente y COFEPRIS
Lic. José Luis Orrante Campuzano
Campuzano & Orrante/LegalAssistant
El acto médico consiste en la recuperación del paciente, mediante la profesionalidad, solo el profesional legalmente autorizado es el único que puede ejercer un acto médico, conforme a la ley LEX ARTIS MÉDICA, que hace referencia al conjunto de prácticas médicas.
¿Qué es la responsabilidad? Es un vocablo que viene del latín “ responsum” que significa estar obligado , un doctor por su responsabilidad está obligado y tiene la virtud de tomar ciertas decisiones de manera consciente y responsable ,Además está obligado a hacerse responsable de sus actos o errores ya sean involuntarios o voluntario en el ejercicio de su profesión .
También es importante el consentimiento informado de parte del doctor, y que expresa la conformidad del paciente, así como la comunicación y la información es decir se tiene que explicar al paciente el procedimiento de diagnóstico y terapéutico, dando a conocer riesgos, beneficios y alternativas para que el paciente pueda tomar una decisión acertada y de una manera libre.
La responsabilidad penal a la que se puede enfrentar un médico que caiga en alguna irregularidad puede ir desde la inhabilitación o incluso penas de cárcel de entre 6 a 12 años de prisión.
La responsabilidad civil es aquella obligación de una persona que ha causado a otra un daño y se debe reparar o recompensar ese daño normalmente de una manera económica y esto es una obligación.
Cuales son los tipos de daños que pueden aparecer en los tratamientos y diagnósticos médicos:
Negligencia: acción u omisión que ocasione una consecuencia perjudicial.
impericia: Falta de conocimientos técnicos, sabiduría, experiencia y habilidad en el ejercicio de la profesión.
Dolo: Intención o voluntad dirigida a ocasionar un resultado con intención de dañar.
Imprudencia: Descuido en la atención requerida para la realización de acciones o haber previsto sus consecuencias.
Ignorancia: es el desconocimiento de un hecho, cosa técnica u oficio particular.
La Cofepris en el órgano regulador de todas las técnicas médicas y además es la encargada de la protección contra riesgos sanitarios y fue creada para proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos de salud, así como a exposición de factores ambientales y laborales, la ocurrencia de emergencias sanitarias y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención. La Cofepris es además la encargada de regular, el Marketing y la propaganda tradicional que generalmente se hace en medios masivos de comunicación como radio o tv, así que para realizar la publicidad correspondiente se debe tener un permiso emitido por esta institución.
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Para cerrar con broche de oro LA JACINTA donde se llevo a cabo la conferencia nos ofreció una pequeña botana, de lo que ofrece en su carta. sopes y quesadillas, agua de sabor.