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Dan a conocer segundo semestre de verificación vehicular 2021

porMarco

Jul 1, 2021

 Leonardo Juárez R.

La Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) por medio de la Dirección General de Calidad del Aire, publicó ayer en la Gaceta Oficial de la metrópoli el aviso por el que se da a conocer el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el segundo semestre de 2021, el cual entrará en vigor a partir de este jueves 1 de julio y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021.

Sedema mencionó que los vehículos deberán realizar y aprobar la verificación de emisiones vehiculares y revisión de componentes de control ambiental cada semestre, salvo el caso de los que obtengan un holograma doble cero “00”, en cuyo caso la unidad estará́ exenta de la obligación de verificar sus emisiones hasta por tres semestres de verificación vehicular posteriores al semestre en que se obtuvo. Los matriculados en la capital deberán continuar verificando conforme al color del engomado de circulación, o al último dígito numérico de las placas de circulación del vehículo, dl servicio de verificación vehicular se deberá prestar de lunes a sábado, en el horario comprendido de las 8:00 a las 20:00 horas, a excepción de días no laborales.

Las personas con discapacidad podrán obtener una constancia para exentar del programa “Hoy No Circula” a los automóviles que utilizan, de forma voluntaria y gratuita, en el Módulo de Atención Ciudadana de la Dirección General de Calidad del Aire de esta Secretaría. El costo por los servicios de verificación vehicular que presten los Verificentros, para todo tipo de Constancia de Verificación (Holograma “0”, “1”, “2”, Rechazo y Evaluación Técnica), así como del incentivo “00”, es de 5 mil 625 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente más el IVA. Las tarifas referidas anteriormente se actualizarán de manera anual.

Los vehículos de uso particular que se registren por primera vez o que deciden cambiar de placa deberán ser verificados dentro de los 180 días naturales contados a partir de la fecha de expedición de la tarjeta de circulación. Si el automotor no acreditó la aprobación de la Verificación Vehicular, el propietario o legal poseedor del mismo deberá pagar una multa por Verificación Extemporánea para trasladarse a verificar o al taller mecánico.

También se establece que los vehículos que carezcan de dígito numérico en su terminación de la matrícula, deberán realizar la verificación conforme a la terminación 9 o 0. Los taxis que mantienen una misma matricula, pero sustituyen su unidad, deberán ser verificados dentro de los 180 días naturales contados a partir de la fecha de expedición de la tarjeta de circulación, situación que no exime a la unidad usada de portar el certificado y holograma de verificación correspondientes a la matricular anterior, o de presentar el pago de la multa por verificación extemporánea de haberse vencido los 180 días otorgados.

por Marco