El Instituto de Vivienda de la Ciudad de México (INVI) publicó el Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos para la Operación del programa de “Ayuda por Contingencia Sanitaria (PACS)”, ejercicio 2021.
El INVI en coordinación con el Fideicomiso de Recuperación Crediticia (FIDERE) llevan a cabo a partir del 4 de enero y hasta el 31 de marzo de 2021, la aplicación del “Programa de Ayuda por Contingencia Sanitaria (PACS), dirigido a las personas acreditadas que tengan hasta 10 mensualidades vencidas al 31 de diciembre de 2020, y se pongan al corriente en sus pagos al 31 de marzo de 2021, para conservar los beneficios por pago puntual establecidos en las citadas Reglas de Operación y Políticas de Administración Crediticia y Financiera.
Con fundamento en el numeral 5.5.2. Incentivos para la Recuperación, de las Reglas de Operación y Políticas de Administración Crediticia y Financiera, se condonan los intereses moratorios, al ser el presente programa una modalidad de reestructura de crédito.
Las Reglas de Operación y Políticas de Administración Crediticia y Financiera pueden ser consultadas en el siguiente enlace: https://www.invi.cdmx.gob.mx/storage/app/uploads/public/5f6/e3b/29d/5f6e3b29dbbd8689518183.pdf
El programa ampara las últimas 10 mensualidades vencidas, mismas que deben pertenecer al periodo comprendido de marzo a diciembre de 2020.
El pago de las mensualidades vencidas deberá realizarse conforme al valor de la UMA, a la fecha que la persona acreditada pague su (s) mensualidad (es).
El programa no aplica para las carteras 60 y de forma parcial para la 80, para esta última, si alguna persona acreditada desea adherirse al programa, deberá acudir a la Unidad Departamental de Recuperación de Crédito del INVI, ubicada en el tercer piso de calle Canela 660, colonia Granjas México, Alcaldía Iztacalco, en días y horas hábiles para aclarar su situación.
De forma particular:
Para acceder al beneficio otorgado por el programa, las mensualidades correspondientes a enero, febrero y marzo de 2021 deberán pagarse puntualmente.
Es aplicable el beneficio establecido en el Numeral 5.5.2 de las Reglas de Operación y Políticas de Administración Crediticia y Financiera; “cuando se cubra el 85% de los pagos del crédito se aplicará una condonación del 15 por ciento restante, con excepción del 2 por ciento de gastos de operación, siempre y cuando no haya incurrido en mora por más de cuatro meses consecutivos”.
Para los créditos cofinanciados, como son las carteras 67, 69 y 70, el descuento solo aplica para el crédito INVI.
Al efectuar el pago de las mensualidades, se tomará en cuenta el periodo de gracia establecido en el Numeral 5.5.3 de las Reglas de Operación y Políticas de Administración Crediticia y Financiera.
La condonación del 15 por ciento autorizado en las Reglas de Operación del INVI, no es acumulable con otro descuento establecido en el Numeral 5.5.2 de las mismas.
El procedimiento para que el acreditado imprima en línea el recibo de pago es a través de la página web de FIDERE, www.fidere.cdmx,gob.mx. Para más información este procedimiento, consultar la Gaceta Oficial del día de hoy, en el enlace: https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/d3e1fd486f172723dac7d520076e5e59.pdf
El trámite presencial es en las oficinas del FIDERE, ubicadas en Dr. Lavista 144, 1er piso, colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, de lunes a viernes, en un horario de 9 a 18 horas, en días hábiles.