Por el LIC. GERARDO MANJARREZ GARCIA.
La violencia se puede dar en todos los ámbitos de desarrollo del ser humano, pero en la familia es la más profunda y lacerante, ya que la familia es la base de la sociedad y de ahí se pueden emitir las conductas repetitivas que afecta a la sociedad en su conjunto, por eso se debe de prevenir y combatir con todo el peso familiar, social y estatal.
Empezaremos a definir a la familia como la unión de dos o más personas que se unen en forma personal y patrimonial con la posibilidad de procrear y preservar a la especie. La familia se puede constituir por parentesco de sangre, civil y afinidad, por matrimonio, concubinato y es donde se trasmiten los valores personales familiares, sociales y nacionales; en ella se forma las personalidades del ser humano.
La ley y en particular el Código Civil para la Ciudad de México señala que:
• LOS INTEGRANTES DE LA FAMILIA TIENEN DERECHO A DESARROLLARSE EN UN AMBIENTE DE RESPETO A SU INTEGRIDAD FISICA, PSICOEMOCIONAL, ECONOMICA Y SEXUAL Y TIENEN LA OBLIGACION DE EVITAR CONDUCTAS QUE GENEREN VIOLENCIA FAMILIAR.
• LA VIOLENCIA FAMILIAR ES AQUEL ACTO U OMISION INTENCIONAL, DIRIGIDO A DOMINAR, SOMETER, CONTROLAR O AGREDIR FISICA, VERBAL, PSICOEMOCIONAL, O SEXUALMENTE A CUALQUIER INTEGRANTE DE LA FAMILIA DENTRO O FUERA DEL DOMICILIO FAMILIAR, Y QUE TIENE POR EFECTO CAUSAR DAÑO.
• LA VIOLENCIA FISICA SE REFIERE A TODO ACTO INTENCIONAL EN EL QUE SE UTILICE ALGUNA PARTE DEL CUERPO, ALGUN OBJETO, ARMA O SUSTANCIA PARA SUJETAR, INMOVILIZAR O CAUSAR DAÑO A LA INTEGRIDAD FISICA DEL OTRO.
• LA VIOLENCIA PSICOEMOCIONAL SE REFIERE A TODO ACTO U OMISION CONSISTENTE EN PROHIBICIONES, COACCIONES, CONDICIONAMIENTOS, INTIMIDACIONES, INSULTOS AMENAZAS, CELOTIPIA, DESDEN, ABANDONO O ACTITUDES DEVALUATORIAS, QUE PROVOQUEN EN QUIEN LAS RECIBE ALTERACION AUTO COGNITIVA Y AUTO VALORATIVA QUE INTEGRAN SU AUTOESTIMA O ALTERACIONES EN ALGUNA ESFERA O AREA DE LA ESTRUCTURA PSIQUICA DE ESA PERSONA.
• LA VIOLENCIA ECONOMICA SE REFIERE A LOS ACTOS QUE IMPLICAN CONTROL DE LOS INGRESOS, EL APODERAMIENTO DE LOS BIENES PROPIEDAD DE LA OTRA PARTE, LA RETENCION, MENOSCABO, DESTRUCCION O DESAPARICION DE OBJETOS, DOCUMENTOS PERSONALES, BIENES, VALORES, DERECHOS O RECURSOS ECONOMICOS DE LA PAREJA O DE UN INTEGRANTE DE LA FAMILIA. ASI COMO, EL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES ALIMENTARIAS POR PARTE DE LA PERSONA QUE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN ESTE CODIGO TIENE OBLIGACION DE CUBRIRLAS.
• LA VIOLENCIA SEXUAL SE REFIERE A LOS ACTOS U OMISIONES Y CUYAS FORMAS DE EXPRESION PUEDEN SER: INDUCIR A LA REALIZACION DE PRACTICAS SEXUALES NO DESEADAS O QUE GENEREN DOLOR, PRACTICAR LA CELOTIPIA PARA EL CONTROL, MANIPULACION O DOMINIO DE LA PAREJA Y QUE GENEREN UN DAÑO
Sin embargo es de señalar que la violencia Familiar se puede prevenir
con educación, Comunicación, El respeto a los derechos de sus miembros, Con la planeación de la vida familiar, El uso de programas institucionales y principalmente con amor
También la violencia Familiar se puede corregir con tratamiento de trabajo social, médico y psicológico, limitando y suspendiendo preventivamente los derechos familiares, ordenando restricciones.
La violencia Familiar se puede castigar en materia familiar, limitando, Suspendiendo o perdiendo los derechos familiares referentes a la patria potestad, guarda y custodia, régimen de vistas y convivencias y de carácter sucesorio.
Por último, es de señalar que la violencia Familiar se puede castigar en materia pena, con multas y penas privativas de libertad.
Si sufres violencia de cualquier tipo de violencia o tienes algún problema legal contáctame con los siguientes datos de contacto: LIC. GERARDO MANJARREZ GARCIA, Tel. Of. 5355 55 91, cel. 0 44 55 45 83 5773, Facebook: gerardo Manjarrez.